Entendiendo el caso Sudáfrica v. Israel ante la Corte Internacional de Justicia
José Javier Gálvez sobre la Corte y sus casos de genocidio.
El recién pasado 26 de enero de 2024, la Corte Internacional de Justicia -CIJ- emitió un veredicto en el caso iniciado por Sudáfrica en contra de Israel, en el contexto de la guerra en Gaza. Aunque el conflicto data de reclamos históricos por el territorio palestino, no fue sino hasta octubre de 2023 que la escalada militar provocó la alarma mundial y las acciones en tribunales internacionales. Estas acciones podrían moderadamente marcar el rumbo de las acciones bélicas en territorio palestino y, en consecuencia, definir el futuro de una región sujeta a violencia internacional.
Sin embargo, con frecuencia estas acciones han producido confusión, y sus pormenores pueden resultar incomprensibles o, aún peor, distorsionados de manera malintencionada. Este artículo explica el procedimiento legal ante la CIJ y las consecuencias que podría tener.
La Corte y los casos de genocidio
La CIJ es un tribunal internacional creado en 1945 para resolver disputas entre los estados miembros de la ONU. Es un tribunal de derecho internacional. Esto implica que se rige por normas del mismo carácter, contenidas en tratados o convenios internacionales, prácticas internacionalmente aceptadas como derecho, principios generales del derecho y, de manera supletoria, por otras decisiones judiciales y doctrinas de juristas de reconocido nivel.
Para que funcione, los estados se someten a la competencia de la CIJ, es decir, al poder de esta para juzgar los casos que se le presenten. Este sometimiento voluntario, sin embargo, tiene una debilidad: no existe una policía internacional que vele por que se cumplan las decisiones obligatorias de la Corte.
La potestad de la CIJ de resolver disputas que se deriven de tratados internacionales implica que el método de solución de controversias derivadas de los tratados, es en algunos casos resultado de la posibilidad de que estos tratados hayan sido incumplidos. Es el caso de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, del que tanto Sudáfrica como Israel son parte y que, en consecuencia, es obligatorio para ambos.
La CIJ ha entrado a resolver en ocasiones anteriores casos derivados de esta Convención, en Bosnia y Herzegovina v. Serbia y Montenegro (sentencia de 1996), Gambia v. Myanmar (iniciado en 2019) o Ucrania v. Rusia (iniciado en 2022). En todos estos casos, el trabajo de la Corte es determinar si los estados denunciados incumplieron con las obligaciones que la Convención les impone.
El caso: mitos y realidades
El 29 de diciembre de 2023, Sudáfrica (un país que sufrió en carne propia los efectos del colonialismo y la segregación racial) presentó el caso de las agresiones de Israel al territorio palestino, argumentando, en esencia, que estas incumplen con las obligaciones de Israel de prevenir y evitar el genocidio. En su solicitud, Sudáfrica requirió a la CIJ ordenar medidas provisionales (es decir, ordenar las acciones urgentes y necesarias para garantizar el ejercicio de la función de la Corte en el caso).
Este paso, a nivel jurídico, es sumamente importante para la paz en el territorio palestino, pues las decisiones de la Corte son de obligatorio cumplimiento. A inicios de diciembre, la Asamblea General de las Naciones Unidas emitió una resolución a favor del alto al fuego inmediato, pero esta decisión no es de carácter vinculante, por lo que las hostilidades continuaron en contra de los habitantes de la Franja de Gaza.
Una de las confusiones más generalizadas, proviene del desconocimiento de la diferencia entre la naturaleza y competencias de la CIJ y la Corte Penal Internacional porque muchos medios y activistas internacionales exigían a la CIJ enjuiciar a los oficiales de gobierno israelíes responsables de genocidio. Sin embargo, en el caso iniciado ante la CIJ, esta solo puede resolver por incumplimientos del estado obligado. Por su parte, es competencia de la Corte Penal Internacional investigar las acciones de individuos que podrían violar el Estatuto de Roma, tratado por el que esta última Corte se rige y que, en sus propios términos, busca sancionar graves crímenes de carácter internacional, entre los que se encuentra el genocidio.
Es decir que, en el caso ante la CIJ, no podría llevarse al banquillo al jefe de estado o de gobierno o a autoridades militares israelíes, sino al estado en su conjunto.
La resolución y sus alcances
Luego de haber escuchado los argumentos de Sudáfrica y de Israel el 11 y 12 de enero de este año, la Corte solamente determinó si la tenía competencia para resolver el caso (es decir, si podría tratarse de un incumplimiento a la Convención contra el genocidio) y emitió algunas de las medidas provisionales requeridas por Sudáfrica. Esto, sin embargo, no es menor, ya que la decisión reconoce que existe evidencia suficiente para determinar que Israel podría estar a punto de cometer el crimen de genocidio en contra de los palestinos de la Franja de Gaza.
Israel alegó que sus acciones se enmarcaban en su “legítimo derecho de defensa” y exigió desechar el caso. La Corte, en resumen, rechazó este argumento y decidió que Israel debía tomar todas las acciones necesarias para prevenir el genocidio en la Franja de Gaza, preservar la evidencia de acciones que podrían ser contrarias a la obligación de evitar el genocidio, la liberación de los rehenes de Hamás en Gaza y enviar un reporte de las acciones tomadas para cumplir con esta decisión. También señaló que todas las partes están sujetas al Derecho Internacional Humanitario (es decir, las reglas de guerra), de lo que se deduce su decisión de no ordenar un cese al fuego.
Al ser obligatoria esta decisión, Israel estaría incumpliendo abiertamente con el Derecho Internacional de no atender la orden de la Corte.
La resolución del fondo del asunto (es decir, la cuestión principal) está pendiente y podría tomar mucho tiempo, considerando especialmente que se trata de un conflicto en desarrollo. De momento, la decisión de la CIJ podría implicar una alteración del conflicto, que ha alcanzado su punto más álgido en los meses recientes.